No sólo los arrendatarios reciben bonificaciones fiscales por el alquiler de pisos como vivienda habitual. Los inquilinos también podrán desgravarse en la declaración de la renta en 2009 parte del dinero que destinen al alquiler, aunque en este caso las deducciones dependen de cada Comunidad Autónoma. En la actualidad pocas son las comunidades autónomas que no disponen de ninguna deducción fiscal por el alquiler de vivienda. Las deducciones varían en función de cada comunidad autónoma, y van desde los 150 euros hasta los 1.600 euros. En cualquier caso hay que tener en cuenta que esta deducción se aplicaría sólo sobre la cuota autonómica, no sobre la estatal.
Para mas Informacion sobre deducciones al alquiler vete al enlace que indicamos aqui abajo.
La compraventa de vivienda ha caído en La Rioja un 80 por ciento desde agosto, mientras que el alquiler ha ascendido un 32 por ciento, según un estudio realizado por La Corte de Arbitraje y hecho público hoy.
Este informe revela también que el cierre de inmobiliarias ha aumentado un 58 por ciento en el mismo periodo, en el que además ha descendido un 10 por ciento la conflictividad en los juzgados ordinarios.
Estos datos son aportados por el último muestreo realizado a los 5.381 profesionales que colaboran con la Corte de Arbitraje, y que representan un 48% del sector que se dedica al alquiler.
La Corte de Arbitraje es un organismo independiente de arbitraje institucional. En un comunicado, la entidad relaciona la caída de la conflictividad en juzgados ordinarios con el incremento del alquiler, y alaba especilamente la puesta en marcha de la Garantía de alquiler.
En la citada nota, el secretario general de la Corte de Arbitraje, Mario Navarro-Rubio, analiza el vuelco que ha dado el mercado inmobiliario no sólo para el ciudadano, sino para los profesionales, ya que “dónde antes el principal motor económico de cualquier inmobiliaria era en un 95% la compraventa, ahora el único sustento real de las inmobiliarias que perviven es el alquiler, que les permite continuar con su actividad, y no seguir el rumbo del resto de profesionales, que en un 60%, han tenido que cerrar al no adaptarse a los tiempos”.
También hace hincapié en la magnitud que ha alcanzado el alquiler “con múltiples salidas (con opción a compra, VPO, cambio de pisos de obra nueva por alquiler, etc.) como recurso para solucionar el problema de la crisis en la que está inmerso el sector, unido a la solución rápida, cómoda y económica para salvar un segundo problema como es el acceso a la vivienda”.
El precio medio de las casas en alquiler subió un 4,3% en el mes de septiembre, dos décimas por debajo del Índice de Precios de Consumo general (4,5% en tasa interanual), según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Sin embargo, el precio de los alquileres aumentó un 0,2% en términos intermensuales durante el pasado mes, frente al estancamiento experimentado por el índice general.
En lo que va de año, el incremento acumulado del precio de los alquileres alcanza el 3,4%, casi un punto y medio porcentual por encima del IPC general, del 2%.
Por comunidades, el precio de los alquileres experimentó las mayores subidas en Melilla (+8%), Cantabria (+6,5%), Aragón (+6,4%), Comunidad de Madrid (+5,2%), Castilla-La Mancha (+4,7%) y Murcia (+4,6%).
En línea con el promedio nacional (+4,3%), se situaron Andalucía, y País Vasco, mientras que por debajo se localizaron Cataluña y Extremadura, con un incremento del 4%, seguidas de Canarias (+3,8%), Comunidad Valenciana (+3,7%) y Baleares, Asturias y La Rioja, con una subida del 3,6%. Cerraron la lista Castilla y León (+3,3%), Galicia (+3,2%), Ceuta (+2,6%) y Navarra (+2,5%).
Por otra parte, los precios de conservación de la vivienda se incrementaron un 4,5% en el último año, dos décimas por encima de los alquileres. Además, esta rúbrica se incrementó un 0,3% en el mes de septiembre.
El mercado del alquiler supondrá el 20% de la actividad de las agencias inmobiliarias a finales de año, frente al 5% que suponía a principios de 2007, según informaron a Servimedia desde la compañía de garantía de alquileres Arrenta.
La ralentización del mercado de venta de viviendas convierte al arrendamiento en una clara alternativa para superar la actual situación, lo que ha impulsado las operaciones que realizan las agencias inmobiliarias relacionadas con el alquiler.
Se espera además que el próximo año siga aumentando la proporción de operaciones de alquiler, hasta superar el 30%.
Este ratio acercaría a España a la media de Europa, donde el alquiler supone el 40% del negocio de las agencias.
La promoción de alquiler es uno de los puntos en los que se basa la estrategia del Ministerio de Vivienda para la próxima legislatura, sobre todo lo relacionado con los pisos protegidos.
Así, estudia medidas destinadas a incentivar fiscal y económicamente sociedades y fondos de inversión inmobiliaria para la promoción, construcción y comercialización de pisos protegidos para alquilar.
El objetivo del Ministerio es que el 40% de las viviendas protegidas que se construyan en los próximos diez años sean en régimen de alquiler.
Para impulsar el mercado del alquiler, Vivienda prepara también una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos y de la de Enjuiciamiento Civil, y quiere realizar cambios normativos que fomenten la cesión de suelos de propiedad pública en derecho de superficie.
El Consejo de Ministros, a propuesta de los ministros de Justicia y de Vivienda, ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Medidas de Fomento del Alquiler de Viviendas.
Este cambio normativo está motivado por la necesidad de dar un mayor impulso al mercado del alquiler en España, especialmente a través de medidas destinadas a fortalecer la seguridad jurídica de las partes y a incrementar la oferta de viviendas en régimen de alquiler.
Así, las reformas introducidas por el Anteproyecto de Ley tienen como finalidad agilizar los procesos judiciales de desahucio y de reclamación de rentas derivadas del alquiler. Además, permitirá que las comunidades de propietarios adopten con más facilidad acuerdos para la realización de obras y la instalación de equipos o sistemas que mejoren la eficiencia energética de los edificios.
El anteproyecto, que será sometido a consultas y a diversos informes antes de que el Gobierno lo apruebe definitivamente y lo remita a las Cortes, introducirá cambios en tres Leyes: la Ley de Arrendamientos Urbanos, la de Enjuiciamiento Civil y la de Propiedad Horizontal.
En el caso de la Ley de Arrendamientos Urbanos se amplían los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler. En la actualidad, el propietario sólo puede rescindir el contrato en el caso de que necesite ocupar la vivienda para uso propio. El Anteproyecto de Ley extiende este derecho para sus familiares en primer grado de consanguinidad (padres o hijos).
En el caso de los procesos judiciales, la solicitud del desahucio o el abono de rentas adeudadas terminan siendo largos y onerosos para las partes. Así, el Anteproyecto de Ley de Medidas adopta una serie de cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil que dan más agilidad e imprimen más eficacia a las causas. Estos cambios se hacen siguiendo dos premisas básicas: dar mayor seguridad jurídica a los arrendadores y salvaguardar los derechos de los inquilinos de buena fe.
El presidente de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, Santiago Baena, valora positivamente que se agilicen los procesos de desahucio y el cobro de impagados, ya que hasta ahora “echar al mal pagador era un proceso largo y costoso y recuperar las cantidades adeudadas era imposible”. No obstante, Baena sostiene que la crisis financiera que ha agudizado la desaceleración del sector inmobiliario “no se arregla con reformas jurídicas”, por lo que demanda medidas para solventar la crisis de confianza que atraviesa la banca y que ha provocado una falta de liquidez a nivel internacional y un parón en los créditos a familias y empresas.
Por otra parte, se establece que la sentencia de condena al pago de rentas debidas incluya también las rentas que se hayan dejado de pagar con posterioridad al momento en que el arrendador interpuso la demanda. Actualmente, estas resoluciones judiciales sólo obligan al pago de las rentas no satisfechas hasta que se ha interpuesto la demanda, de manera que si desde ese momento se acumulan nuevas mensualidades sin pagar, el arrendador se ve obligado a ir de nuevo a juicio.
Otras medidas
Por otro lado, el Gobierno planea que la banca pueda emitir cédulas y bonos hipotecarios que estén respaldados por créditos para construcción de viviendas en alquiler y Vivienda de Protección Oficial (VPO), con el objetivo de que las entidades aumenten la financiación a promotores que se decanten por este negocio.
El Consejo de Ministros estudia la modificación de la normativa que regula las emisiones de estos títulos de deuda hipotecaria, que al ser vendidos a los inversores permiten a las entidades financieras encontrar financiación para seguir concediendo créditos hipotecarios.
Según la referencia oficial del Consejo de Ministros, “al ampliar la posibilidad de refinanciación a través del mercado de capitales de este tipo de préstamos, se facilita que las entidades de crédito puedan concederlos con condiciones más favorables, redundando en unos menores costes para la construcción de vivienda en alquiler”.
En relacción a la Declaración de la Renta 2009 el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de Ayudas a la Emancipación y Fomento del Alquiler, que incluye deducciones en la cuota estatal del IRPF del 10,05% de lo que pague un inquilino por el alquiler de su vivienda habitual, un porcentaje aplicable sobre una cuantía máxima de 9.015 euros. Esta ayuda al alquiler para 2009 dependerá del sueldo que cobre cada inquilino y sólo será posible para aquellos con rentas de trabajo anuales inferiores a los 24.000 euros.
Para calcular la deducción máxima, los potenciales beneficiarios tendrán que restarle a sus ingresos anuales la cantidad de 12.000 euros. La cifra resultante habrá que multiplicarla por el coeficiente 0,75. Por ejemplo, los contribuyentes que ganen 18.000 euros netos por ejercicio sólo podrán desgravarse el 10% de, como mucho, 4.515 euros que hayan abonado a su casero. Esta medida también entró en vigor el 1 de enero de 2008, con lo que afectará a la Declaración de la Renta que habrá que presentar en 2009.
Os hago un listado de las diferentes web de delegaciones y oficinas de vivienda de las comunidades autonomas donde podeis recojer toda la informacion sobre compra o alquiler de vivienda:
Estos son los datos actualizados de junio sobre la Renta Básica de Emancipación, seis meses depues la mitad de los casi 150.000 solicitantes esperan una resolución a la ayuda al alquiler.
Por otra parte el 86% de las solicitudes tramitadas ya han sido aprobadas.
Podeis ver los datos reales de los casos que ya están cobrando la RBE y extendidos en la siguiente tabla: